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El caso Garzón como síntoma de los males de la época
Por CarlosMG - Uncategorized - 11 Marzo 2010
Ciertamente, cuando el juez Garzón encausó a Augusto Pinochet, consiguiendo ascender al cénit de su prestigio internacional, pocos podían suponer que no muchos años después iba a ser encausado por sus colegas del Tribunal Supremo quienes, con rara unanimidad, han considerado que hay sobrados indicios de delito. Sin embargo, ya hace muchos años que los buenos conocedores del derecho procesal explicaban a quien quisiera oírles –pocos, como siempre- que los autos del juez estrella no se caracterizaban por su rigor técnico ni jurídico. De hecho, para referirse a los desastres surgidos de sus instrucciones se acuñó el término “garzonada”, pero como este palabro peyorativo tuvo mucho predicamento entre nacionalistas –por alusión a sus actuaciones contra ETA- y otras gentes de escasa virtud democrática, pareció que esa hostilidad más bien certificaba la calidad democrática de las actuaciones de Garzón. Pues bien, nos equivocamos por partida doble: ni cualquier crítica procedente de un nacionalista es improcedente por ser nacionalista, ni en un Estado de Derecho existe algo semejante a la calidad democrática de las actuaciones de un juez diferente a su impecable ajuste a lo que diga la legalidad. Vamos, que los fines perseguidos por un auto pueden ser sublimes, pero si no se instruyen adecuadamente desde el punto de vista judicial, no vale para nada. Como dice el viejo dicho: el camino al infierno está empedrado de buenas intenciones.
Y hete aquí a Baltasar Garzón metido finalmente en un paraje jurídico bastante infernal en el que se ha metido él solito con las mejores intenciones. Además de las posibles chapuzas procesales del caso Gürtell, lo que ha llevado finalmente al juez Garzón a visitar el banquillo de los acusados es su intento de abrir una causa general al franquismo que se pretendía justificar en ese dislate llamado Ley de la Memoria Histórica, en la analogía con otras “causas generales” contra dictaduras sanguinarias que han derogado leyes de olvido, y en el principio de la imprescriptibilidad de los delitos de genocidio. Pero, al instruir esa causa, Garzón se pasaba por el arco del triunfo de su voluntad justiciera nada menos que la Ley de Amnistía de 1977, la piedra angular de nuestra transición a la democracia y, de paso, el principio de soberanía del poder legislativo. Otro ataque, este judicial para variar, a un principio rector de la democracia parlamentaria: el de la separación de poderes. En efecto, si en España es el judicial el poder habitualmente avasallado por la transgresión usual de ese principio, por ejemplo cuando PSOE y PP se reparten con toda desvergüenza el CGPJ entre sus acólitos togados y juristas, lo que pretendía hacer Garzón al ignorar una decisión soberana de las Cortes, la Ley de Amnistía, no era menos grave: pretender una Justicia Universal e Intemporal, administrada por los jueces, que puede ignorar tranquilamente, derogándolas de hecho, las competencias del poder legislativo. Casi nada.
Si Garzón parece afectado por una versión judicial del mal de altura que afecta a quienes se consideran muy por encima de los simples mortales, instalados en el Olimpo de la Historia, las razones que esgrimen sus muchos defensores no dejan de revelar algunos de los males conceptuales que erosionan la democracia en España.
Para empezar, el prejuicio de que hay una justicia de izquierdas más justa y legítima que la de derechas, descalificada ideológicamente. La indignación porque Garzón haya sido acusado por partidos como Falange, y su caso instruido por presuntos “jueces de derechas”, así lo indica, como también el prejuicio de que la buena gente de izquierdas, como Garzón, disfruta de una plenitud de derechos vedada a la gentuza de derechas, no digamos ya si son falangistas. Ya se sabe: Santiago Carrillo estaba legitimado por la Historia para perseguir sanguinariamente a la derecha (y a los del POUM), pero los falangistas no para hacer lo propio con la izquierda.
Lamentablemente para quien piensa así, en un Estado de Derecho bien constituido todos debemos ser iguales ante la ley, jueces incluidos y al margen del ideario político que se sostenga y del sentido más o menos delirante que se pretenda imprimir a la pobre Historia (esa dama sin virtud a disposición del primer Mesías que llegue a su lecho). Y quien niega o relativiza este principio, literalmente sagrado, no cree en el Estado de Derecho ni en una democracia digna del nombre. Y muchos de los apologistas del juez Garzón están dejando claro estos días que rechazan ambas cosas. Por eso mismo les parece estupendo que Garzón actuara políticamente, al servicio del Gobierno de Zapatero, durante la tregua de ETA, mientras rechazan indignados que su juez sea encausado por gentes de “derechas” (naturalmente, basta con estar en desacuerdo con Garzón para experimentar una derechización inapelable, incluso si se trata de la ex Secretaria de Estado Margarita Robles, colega de Gobierno de Garzón cuando el juez jugó a gobernante ejecutivo).
¿A qué obedece este rechazo implícito de la igualdad jurídica o aplicación sistemática de la ley del embudo? Básicamente, a una convicción doble relacionada: una, que la justicia debe estar al servicio de la política –la muerte de Montesquieu y de la independencia de la justicia-, que es la que establece las metas y objetivos de la acción de fiscales y jueces (como ayudar al gobierno a negociar con ETA); otra, que la administración de justicia no es tanto un servicio público fundamental como un canal para realizar la Justicia metafísica (y por eso algunos jueces que dejan pudrirse casos de ciudadanos españoles en los que son competentes intentan, en cambio, utilizar sus juzgados para el desarrollo de una especie de Justicia Mundial Histórica, consagrada a causas sublimes pero improbables, como erradicar el mal del mundo). Cuando se llega a este punto, la Justicia se opone al Derecho, y por tanto a la democracia.
En resumidas cuentas, aunque Garzón va a ser juzgado para decidir de acuerdo con la ley vigente si ha conculcado o no la legalidad, para sus apologistas más furiosos lo que se decide en este procesamiento es otra cosa: la prevalencia de una supuesta Justicia Ideal Universal sobre la administración constitucional de justicia y sobre el Estado de Derecho basado en la igualdad jurídica y la separación de poderes, tal como se derivan –tan imperfectamente- de la Constitución española actual. Que haya tanto apologista de Garzón que se considera a sí mismo un intransigente guardián de la democracia demuestra, por una parte, cuánto se ha debilitado entre nosotros el ABC de los principios democráticos, y qué fácil resulta, por la otra, ponerse la democracia y la justicia concretas por monteras en nombre de una Democracia y una Justicia que huelen malsanamente a la de los totalitarismos peores del siglo, porque están más allá de los límites constitucionales y jurídicos, y pueden ser injustas si el resultado final es bueno para la Justicia. Un horror.






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