Un instituto de enseñanza media de Pozuelo de Alarcón tiene un Consejo Escolar que, en uso de sus prerrogativas legales, ha adoptado la norma de que en ese centro está prohibido que las alumnas y alumnos lleven velo en clase, o cualquier otra clase de tocado. El caso se ha hecho popular al aparecer una niña, Najwa Malha, que se niega a obedecer. Es musulmana y quiere seguir la tradición religiosa islámica que ordena a las mujeres ocultar cabello y cuello a las miradas de hombres extraños. No es un caso raro, sino cada vez más frecuente en muchos países occidentales donde rigen normas contrarias a esta clase de exhibiciones piadosas, sea por el principio laico de impedir en centros públicos la ostentación de signos religiosos –caso de Francia, por una ley de 2004-, sea por oponerse a una costumbre considerada, con razón según lo veo, un signo visible y apologético de la sumisión de las mujeres a los hombres, y por tanto de una desigualdad radical por motivos de sexo contraria a la democracia.
El problema es desde luego peliagudo. Por una parte, la democracia se basa en el principio de la libertad personal, que es el que invocan los partidarios de la tolerancia a la costumbre del velo y los propios musulmanes afectados. También tiene que ver con la libertad religiosa, un principio no sólo compatible con el laicismo, sino garantizado por éste. Pero la ostentación de signos de desigualdad y discriminación de las mujeres choca con los principios de la democracia moderna, más aun cuando se trata de un progreso tan reciente y no del todo consolidado como es el de la igualdad de sexos (los géneros son gramaticales o clases de mercancías, lo siento). Desde esta perspectiva se trata de qué principio debe prevalecer, si el de la libertad personal de ostentar un signo religioso –y no habría ostentación si se tratara de llevar un Corán en el bolsillo, o una media luna colgada del cuello: el signo no da igual ni es indiferente en este caso- o el de no discriminación e igualdad de hombres y mujeres en todos los aspectos, sin otras excepciones que las naturales o biológicas (estupendas diferencias para muchas y muchos).
Personalmente considero que en este caso debe prevalecer la regla de que no puede estimularse, cultivarse ni aceptarse ningún principio religioso que someta a las mujeres a la dominación de los hombres, aunque se trate de un sometimiento voluntario (y el Islam es la religión del sometimiento voluntario del creyente a la voluntad de Dios). Por tanto, es aceptable que en las escuelas públicas se impida a las niñas musulmanas llevar el velo de la discordia, aunque deseen llevarlo. Precisamente porque para que haya libertad de elegir, debe haber igualdad de los que eligen, sean hombres o mujeres. Porque las musulmanas tienen toda la libertad del mundo para llevar velo por la calle, en sus casas, centros privados y mezquitas. El problema se plantea, como es inevitable, en espacios públicos como los centros de enseñanza, los juzgados, los hospitales, oficinas públicas y sitios así. Ahí es donde una decisión privada puede convertirse en un conflicto si choca contra principios públicos básicos, como la igualdad de sexos.
Queda otro aspecto no menos relevante del conflicto, el de si el derecho a la educación debe prevalecer sobre la norma del velo, cuando cumplirlo puede implicar que la niña deba cambiar de centro escolar o renunciar a los centros públicos. Los detractores del centro de Pozuelo de Alarcón alegan estos días que por evitar una pequeña falta a la normativa del centro se estaría infligiendo un daño desproporcionado al derecho básico a la educación. ¿Es así?: sólo si se considera que el aprendizaje de las normas de convivencia y de los valores que las sustentan es algo no sólo indiferente para la educación, sino incluso antagónico. Y no, aquí sí que hay que plantarse: aprender a respetar las normas de todos es parte esencial de la educación, sobre todo en la infancia. Una educación sin normas, o a la carta (“multicultural”, dicen algunos), será lo que sea pero no es educación.
Se puede considerar que el instituto de Pozuelo ha ido demasiado lejos, que sería mejor una norma general obligatoria para todos los centros –como la que Sarkozy quiere para Francia-, o cualquier otra cosa. Lo que no se puede decir es que los centros educativos no pueden tener normas, ni tampoco que el aprendizaje de las mismas –incluyendo el del modo civilizado de cambiarlas- pueda oponerse a la educación si se trata de normas sensatas y razonables. Me parece que sólo el fanatismo puede sostener que el derecho a elegir llevar velo puede prevalecer sobre la obligación de los centros educativos a tener normas y reclamar su cumplimiento. Hasta aquí podíamos llegar, y de hecho en algunos sitios se ha llegado y traspasado, con la consiguiente conversión de los centros públicos educativos en pequeños frenopáticos donde la mitad del tiempo se consume en conseguir que los alumnos se estén callados y quietos. Pues si la norma de que en clase hay que trabajar y callar, o al menos no molestar, contraría el gaseoso “derecho a la educación”, entonces cambiemos la norma y hagámosla relativa, pura recomendación (no estaría mal: es mejor que usted pague impuestos pero si le molesta no se preocupe, y así). Claro que entonces la educación se convierte en un modo de estabular a ruidosas e inquietas criaturas en locales públicos, y poco más. Habría que tenerlo presente antes de cometer la insensatez de desligar el cumplimiento de normas de conducta de la educación, se trate de velos o de cualquier otra elección de los alumnos. Sobre todo, por razones de laicismo e igualdad. Es penoso que, una vez más, sea la izquierda que se proclama más laica e igualitaria que nadie –¡qué entenderán por eso!-, la que vuelva a patinar confundiendo tolerancia con relativismo de las normas y vaciado de la educación. Sí, claro, lo ha dicho el ministro de educación, Angel Gabilondo, que metafísico está aunque sí come. Y claro que Najwa Malha necesita apoyo, comprensión, explicaciones, atención, cuidado y mucha paciencia, pero no que le confundan con absurdas contraposiciones antagónicas entre libertad e igualdad y otros enredos muy velados que pueden llegar a desvelarnos.







En la entrada de este blog del día 23 de febrero que llevaba por título “Alarmas cívicas en Francia y Holanda” ya comentamos extensamente este tema:
http://carlosmartinezgorriaran.net/2010/02/23/alarmas-civicas-en-francia-y-holanda/#comments
Resumiendo bastante, estoy de acuerdo con Carlos en sus planteamientos.
En mi opinión, la libertad religiosa no debería servir para tener más derecho que los demás a saltarse las normas o las leyes, pues toda prohibición restringe siempre y por definición las libertades personales (sean o no religiosas). Si las normas de un colegio prohiben llevar gorro o cualquier prenda que cubra la cabeza, la prohibición debe afectar a todos por igual.
En mi opinión, el mismo derecho debe tener el que quiere llevar un gorro o un pañuelo en la cabeza porque cree que Dios se lo ha dicho, que el que lo hace por cualquier otro motivo personal. Y eso no tiene que ver, o no debería, con la libertad religiosa que debería de consistir en poder creer, rezar y reunirse sin sufrir discriminaciones ni persecuciones por ello.
Personalmente, por una cuestión de respeto estoy a favor de que se prohíba por ley llevar cualquier prenda que cubra la cabeza en el interior de las aulas de todos los centros públicos, excepto por motivos médicos justificados. E incluso también en todos los edificios de la administración. En la calle que cada cual lleve lo que quiera.
Siento discrepar sobre este asunto, como ya he dicho en otras ocasiones, y no soy ninguna fanática religiosa (“Me parece que sólo el fanatismo puede sostener que el derecho a elegir llevar velo puede prevalecer sobre la obligación de los centros educativos a tener normas y reclamar su cumplimiento”.). De hecho, no curso ninguna religión, pero, como ciudadana, me molesta que se ridiculice, se persiga o se aísle al ostracismo a nadie debido a su religión (algo que se está haciendo tanto con católicos como con musulmanes en frecuentes ocasiones).
Ciertamente, los colegios han de tener normas de convivencia, siempre y cuando éstas no contradigan a la misma Constitución. Igual que considero que las Comunidades Autónomas se han de regir por leyes, pero no si éstas van en contra de la Constitución, como algunos estatutos de autonomía. El hecho de cuestionar una determinada norma de un determinado colegio no es cuestionar la autoridad de dicho colegio para imponer normas, sino que dichas normas deben regirse por los principios básicos que nos rigen a todos los españoles.
Y es que, a pesar de todo, la libertad religiosa incluye al Islam, nos guste o no. El Islam, como otras religiones y como otras normas sociales, algunas muy occidentales, rezuma misoginia, es cierto, pero lo siguen millones de personas, muchas de ellas tan españolas como el resto de nosotros, de forma voluntaria. El Islam no sólo se practica dentro de las casas, sino también fuera de ellas, e impone determinados códigos de vestimenta. Uno puede ser más o menos ortodoxo en dichos códigos, pero aquel que quiere serlo tiene el derecho a vestirse según dicho código. La libertad religiosa no sólo se ha de dar “en la intimidad”, de igual manera que hablar la lengua propia no sólo debe hacerse en la “intimidad”, o el hecho de mostrarse hetero u homosexual tampoco, así que dos gays tampoco están obligados a besarse sólo “en la intimidad”.
En nombre de la protección de las mujeres, ahora parece importantísimo que las mujeres musulmanas no vayan a la escuela. Porque, seamos claros, son muchas las que preferirán no ir que tener que quitarse el velo. ¡Qué gran progreso para las mujeres! Ciertamente, es la educación en dichas escuelas públicas lo que aumentará su autoestima, lo que las hará independientes del hombre, porque podrán acceder a un trabajo, porque habrán leído otros libros además del Corán, porque aprenderán a ser críticas. Pero no, es mejor que se queden en casa, porque nos incomoda el trocito de tela que llevan puesto. Porque es un símbolo de no se qué. No sé qué manía nos ha dado con los símbolos (franquistas, anarquistas, islamistas…) ¿Por qué no permitimos la convivencia y el respeto mutuo y, de esta forma, la integración y la asimilación?
Es la educación, precisamente ella, y no nuestra vestimenta, la que nos cambia, la que nos hace mejores personas.
Ah, y sobre la escuela laica, me parece lamentable que se continúe confundiendo la imparcialidad de las instituciones en asuntos religiosos con la ocultación de dicha religión en los alumnos. Como he dicho antes, la religión no es algo que uno se quita antes de salir de casa, sino que va con la persona allá donde va y está en su derecho de llevar un velo o colgarse un crucifijo y también, cómo no, en los recintos públicos. Es la escuela como institución la que no debe imponer una determinada religión (de ahí lo de quitar los crucifijos de las paredes o dejar de enseñar materias religiosas), pero los alumnos no tienen por qué ser ateos y, por tanto, pueden llevar encima los símbolos religiosos que quieran. No confundamos laicismo con la persecución religiosa.
La escuela es un lugar donde los alumnos pasan muchas horas y donde cada cual tiene su propia identidad. Los uniformes ideológicos nunca han sido buenos para formar en la convivencia. Soy de la opinión del vive y deja vivir y, ciertamente, una mujer con velo no supone ninguna amenaza a los derechos de los demás. Tampoco atenta contra ella en cuanto a derechos básicos. En cambio, quitarle por la fuerza dicho velo es una imposición sobre ella. Muchos opinan que si lo lleva es porque la han obligado. Pero eso es mucho opinar. Lo que es seguro es que se la obliga a quitárselo. Y eso parece no importar a nadie. Es muy malo que la obliguen a ponérselo, pero no lo es obligarle a quitárselo. Pensar que el velo es una imposición paterna es querer meterse en la mente de todas las mujeres que lo llevan, sencillamente, porque no comprendemos por qué lo llevarían de forma voluntaria. Y la incomprensión siempre genera injusticia.
Y no, al privar a Najwa de la escuela no se le hace ningún favor, ni a ella ni al resto de mujeres musulmanas. Se las pone entre la espada y la pared. Entre sus convicciones religiosas y su formación académica. Es injusto que se la ponga en este dilema. Y todavía peor es permitir que tenga que renunciar al proceso más igualador y progresista de los que ha creado la sociedad: la educación pública. A mí eso me parece una auténtica discrminación por motivos religiosos. se discrimina a la persona, ojo, no a la religión. Es importante tenerlo en cuenta.
-A mi mi padre no me dejaba llevar el pelo largo.
-A mi tampoco, pero lo llevaba.
-Mi abuela llevaba velo.
-La mia también pero no obligó a mi madre a llevarlo.
-La niña Islamica lleva velo ¡la pobre!.
-Lo lleva con ilusión, no podrian poner otras normas como callar y estudiar y dejar los velos tranquilos.
-Entonces la sociedad seria religiosa y las leyes están por encima de la religión.
-Y el velo no tiene nada que ver con el pelo largo.
-No, no tiene nada que ver.
-¡ah bueno! entonces me callo.
-Haces bien.
No veo por qué obligar a todos los alumnos asistir a clase sin velo ni ninguna otra prenda que cubra la cabeza significa “perseguir”, o “aislar al otracismo a nadie”, debido a su religión. Como tampoco obligar al resto puede suponer perseguirlos, aislarlos ni condenarlos al ostracismo.
Insisto en que la libertad religiosa que protege nuestra Constitución debería de consistir en poder creer, rezar y reunirse para ello sin sufrir discriminaciones ni persecuciones por ello. Y que la libertad religiosa no debería servir para tener más derecho que los demás a saltarse cualquier norma o ley, pues toda prohibición restringe siempre y por definición una libertad personal.
No se plantea que las mujeres musulmanas no vayan a la escuela. La escolarización en España es obligatoria en Primaria y ESO hasta la mayoría de edad. Se trata por tanto, de que las menores musulmanas acudan a la escuela pero sin velo.
Una vez que sean mayores de edad y en las etapas en las que la educación no es obligatoria, la prohibición del velo no supondría tampoco privarlas del acceso a la educación ni discriminarlas. Si deciden acudir a clase cumpliendo las normas (como cualquier otra persona), o si prefieren no acudir es una decisión libre y personal.
Por tanto, no es cierto que prohibir el velo en las aulas suponga restringir el acceso a la educación, ni discriminar a nadie.
La prohibición de llevar vestimenta que cubra la cabeza no supone la prohibición de llevar cualquier otro símbolo religioso que no cubra la cabeza. Esta prohibición no supone la ocultación de la religión en los alumnos.
Insisto en que prohibir llevar vestimenta que cubra la cabeza en las aulas no supone privar ni a Najwa ni a nadie de la escuela. Si Najwa no acude a la escuela es porque ella lo ha decidido libremente, no porque nadie se lo impida.
En España existen numerosos trabajos, tanto en la administración como en la empresa privada, que suponen también la obligación de llevar uniforme o de asumir ciertas restricciones en la vestimenta. Militares, policías, bomberos, porteros, bedeles, ujieres, camareros, azafatas, jueces, médicos o enfermeras sufren este tipo de limitaciones. En estos casos tampoco se admite que nadie saltarse las normas de vestimenta por motivos religiosos. Únicamente suelen admitirse excepciones por motivos médicos justificados. Ejercer estas profesiones esta sujeto a unas normas; y aceptar o no estos trabajos con sus normas (por motivos religiosos, o por cualquier otro motivo personal) forma parte de la libertad personal de cada uno. Esto no supone discriminar a nadie laboralmente por motivos religiosos, como tampoco establecer limitaciones o normas de vestimenta en los colegios supone discriminación religiosa alguna.
Hola Carlos.
Buena exposición de un tema conflictivo como es la educación multicultural frente a la Educación con mayúsculas.
Poco podemos añadir. Quizas -y perdona si es demasiado demagógico o superficial- que la agonía del PSOE les hace remover sus canteras de votos para recordarles lo que deben de hacer en el futuro, es decir, votarles. Los inmigrantes suponen una de las canteras de votos preferidas desde siempre por el ejecutivo “Zapateril”. La comunidad musulmana ha aportado grandoes afiliados a las filas del PSOE como Mouhannad Almallah (http://www.20minutos.es/noticia/200558/0/mouhannad/Almallah/)
Pero esto es muy demagógico, lo importante es que tienen que complacer a esa comunidad con vistas a mejorar esa pérdida de crédito generalizada.
Se han empeñado en situarse en “paladines de la libertad internacional” sin embargo, como se dice en el taoísmo, obtienen el descrédito internacional y la mano de los interesados nocivos de la escena política mundial.
Aquí en Andalucía se dan continuamente episodios de falta de democracia e igualdad -y eso que tenemos una ministra con su presupuesto y todo- cuando descaradamente ya en estos tiempos de crisis te traen familiares a la Junta de Andalucía por medio de las empresas públicas o agencias, con el propósito de dejarlos para siempre. Sin embargo, las personas “sin sangre azul” no pueden optar a esos puestos de trabajo reservados para “la nueva aristocracia” creada por la Junta de Andalucía. Y no importa lo que digan sindicatos y trabajadores, pues ellos hacen caso omiso de sus protestas. Ídem de las declaraciones del defensor del pueblo o de los expertos en jurisprudencia. Ya lo hacen con todo descaro.
Estos son los defensores de la igualdad, de la democracia y de la educación.
Como dijo alguien en una ocasión: la mejor política de protección de la familia, exclusiva y especialmente de la suya.
Estoy muy de acuerdo con Carlos. La norma en muchos colegios, cada vez mas, es que no se puede llevar la cabeza tapada, es decir, ni ocultarse ni disfrazarse de nada aunque sea de tus propias convicciones. Porque si toleramos esto, también tendremos que tolerar que cualquier chaval vaya a clase vestido de fraile o con la gorra del Ché, o con
gorro bolchevique o por qué no con una gorra de las SS. ¿Y que decir de aquelos que están convencidos de que el nudismo es lo mas natural de este mundo?, tendrían derecho a ir desnudos a clase.
El laicismo tiene que ser muy estricto en esto. Ahora que se están quitando los crucifijos de los últimos institutos donde aún quedaban, ¿vamos a sustituirlo por velos, hijabs ó niqabs?, ¿estamos locos?.
Esta gente pretende usar la libertad religiosa para saltarse las normas que hemos de cumplir los demas.
Así que, Trinidad Jimenez, de velos y otros cubrepersonas, nada de nada.
Salud y Libertad para todos, pero con respeto a la Igualdad de todos los ciudadanos.
Buenos dias Carlos, me ha gustado mucho la posición que ha tomado UPyD en este asunto y en especial las declaraciones de Rosa Diez.
Sobre el velo islámico estoy bastante acostumbrado a escuchar demagogia, posiciones a “media tinta” que no afrontan el problema ni resuelven nada.
En mi opinión la religion islámica merece el mismo respeto que las demas. Pero el problema esta en que esta religión no respeta el estado de derecho. El Islam tal y como lo conocemos hoy en día es un sistema completo que incluye religión, politica y justicia. Un sistema que intenta estar por encima de nuestro estado de derecho.
Si la democracia es debil y no lucha por defender sus principios al final sera barrida por la religión musulmana o cualquier otro fanatismo. Asi que hay que ser fuertes y decir las cosas con conviccion.
Hoy no tengo tiempo para escribir una pequeña exposición, pero me gustaría decir que, en general, estoy de acuerdo con Nikon y discrepo con Carlos.
Se echa de menos una normativa nacional al respecto. Independientemente de las normas de cada colegio o institución, de cada CCAA, una norma nacional al respecto, que siente bien claro cuales son los principios fundamentales de nuestra democracia y los límites que no pueden traspasarse. Si hablamos del mundo islámico, es claro que no han venido precisamente a integrarse.
Con el tema del velo en Europa creo que en parte subyace un miedo a lo que percibimos como un ataque a nuestra identidad colectiva. En esa identidad colectiva podríamos decir que hay un lado bueno que sería la defensa de valores como la justicia, la igualdad y la libertad, en definitiva la defensa de los derechos humanos que proclamamos como universales, y un lado malo que sería la defensa de la etnia, la religión, la nacionalidad, etc… que consciente o inconscientemente algunos consideran propias de su espacio físico y se ven amenazadas por la presencia de los otros. Tanto la defensa como la crítica en este asunto deberemos hacerla desde los valores ilustrados y no desde posiciones identitarias excluyentes que por desgracia y gracias al simplismo de sus postulados (o con migo o contra mi, blanco o negro) siempre son los que marcarán cualquier discusión alejándonos del matiz de la deliberación y la reflexión sensata. Puedo entender que la política tienda a tratar de proporcionar soluciones simples y por tanto fácilmente reconocibles por los ciudadanos a problemas complejos, pero hay que intentar mantener una cierta coherencia con los argumentos porque a veces parece que los carga el diablo. Como ciudadano de a pie que intenta ejercer un pensamiento crítico al afrontar estas cuestiones me cuesta mucho (sin llegar a desvelarme) encontrar una solución justa al tema que concilie los principios de la igualdad y la libertad (para el señor Gorriarán “absurdas contraposiciones antagónicas entre libertad e igualdad y otros enredos muy velados que pueden llegar a desvelarnos”). Siempre me impresiona como desde la política se ventilan estos temas que yo entiendo de profundo calado con una seguridad pasmosa. La política así entendida es más parecida a la religión que a la filosofía donde una proporciona respuestas y la otra preguntas. Comprendo su papel desde la política pero permítame que como ciudadano tenga mis dudas.
Las normas que rigen al respecto en los países occidentales sería más correcto decir que son muy diversas más que como dice don Carlos contrarias. Las encuadra en las que se oponen (y no todas se oponen al menos radicalmente) por un principio laico como en Francia y las que se oponen “a una costumbre considerada, con razón según lo veo, un signo visible y apologético de la sumisión de las mujeres a los hombres, y por tanto de una desigualdad radical por motivos de sexo contraria a la democracia”.
Desde el laicismo entiendo que en la escuela pública lo que es imprescindible que sea laica es la institución y sus empleados en el desempeño de su función (en su ámbito privado no), o sea, que entiendo que no tiene que haber enseñanza religiosa en la escuela pública, ni símbolos religiosos, ni tampoco deben hacer ostentación de ellos sus empleados. Creo también que debe impartirse la asignatura de Educación para la Ciudadanía como un común denominador ético y político en que se base nuestra convivencia. Pero lo que no tengo tan claro que los alumnos tengan que ser también necesariamente laicos, pero es una opción también discutible. Entiendo que el laicismo no se debe ceñir exclusivamente al tema de las creencias religiosas que es un elemento identitario más dentro de una sociedad plural por lo que la escuela pública también debería evitar la utilización de símbolos identitarios fuera de aquellos que legalmente nos representan a todos. Entonces por ejemplo no debería ir un profesor con la bufanda de su equipo de futbol o llevar un pin de un partido político o mil ejemplos y si aplicamos estos principios al alumnado llegaríamos a la conclusión que se haría necesaria la utilización de un uniforme escolar estricto. ¿Es esto descabellado?
En el segundo caso, partiendo de un rechazo frontal a cualquier discriminación por motivos de sexo, el ver un signo visible y apologético de la sumisión de las mujeres a los hombres en el pañuelo me parece un salto muy grande (también podría ser visto como un signo de autoafirmación dentro de un grupo sin otras connotaciones). Es una generalización que creo que habría que demostrar caso por caso. Pero a efectos dialécticos démosla por buena. Si se debe prohibir el signo no sería obligado prohibir las ideologías y creencias que alientan esa discriminación (ya puestos a dar saltos sigamos generalizando). ¿Hay que criminalizar a todo el Islam y a las personas españolas o no que profesen esa religión? Y cuando nuestra querida líder se reúna con Aminatou Haidar no sólo deberá denunciar la opresión del gobierno marroquí sobre el pueblo saharaui deberá también no callar y denunciar el sometimiento de las mujeres saharauis. Y qué ocurriría si la señora Haidar le dice a nuestra querida Rosa que ella no se siente sometida. Preguntas y más preguntas.
Las normas de los consejos escolares están subordinadas a una serie de leyes superiores en cuya cúspide estaría la Constitución y los derechos humanos que es a lo que apelan los defensores del velo. En el debate el argumento del cumplimiento de las normas no me sirve, lo que se debería rebatir es el fondo es decir que la aplicación de las normas no vulneran ninguna norma superior. No creo que esto sea relativismo normativo ni que por cuestionarse estos razonamientos se este en contra de la necesaria reforma educativa. Si se plantea una norma general al respecto habrá que ver si esta pasa el filtro constitucional (ni lo afirmo ni lo niego). Sin embargo, en el caso concreto, la norma está para cumplirse y si se cree que se vulnera algún derecho superior para ello están los tribunales.
Concluyendo, me preocupa que cuando planteo el tema la mayoría de las personas se manifiestan tajantemente a favor de la prohibición del velo islámico (y no sólo en el ámbito escolar) pero a nada que se profundiza en el tema, salvo una minoría principalmente de mujeres, las razones desgraciadamente son de tipo xenófobo. Y por último, y por el respeto que le tengo, me defrauda que alguien de su capacidad intelectual rehúya el debate de fondo y lo descalifique como enredo y absurdo.
La prohibición de llevar la cabeza cubierta en el interior de las aulas afecta al velo islámico como afecta también a gorros, boinas, sombreros y cualquier otra prenda. Esta prohibición no supone impedir a los alumnos llevar cualquier otro símbolo religioso. Por tanto esta norma, en sí misma, no obliga a los alumnos a ser laicos en su vestimenta ni en los símbolos que lleven.
Por otra parte, además de su simbolismo religioso, o mezclado con él, en mi opinión si es un hecho innegable que el velo supone una ocultación de la mujer y una limitación en su vida pública. Y creo que su uso debe limitarse o prohibirse al menos en el caso de las menores de edad en las escuelas. ¿Supone esto “criminalizar a todo el Islam y a las personas españolas o no que profesen esa religión?.
Por último considero que el hecho de que la señora Haidar no haya decidido revelarse contra el velo islámico ni contra la posición de la mujer en la sociedad musulmana no convierte en aceptables esas situaciones. Y mucho menos supone que debamos rebajar los derechos ni la protección de que gozan esas mujeres (y especialmente las menores de edad) cuando se encuentran en nuestro país.
La lucha de Ahminatu Haidar por la causa saharaui es muy loable y respetable. Pero de ahí a asumir que cualquier causa sostenida o asumida por esta persona tenga que ser necesariamente aceptada sin ninguna clase de análisis hay un trecho. Y no digamos ya el razonamiento de que cualquier causa que no sea apoyado por esta señora es errónea.
Por último, me sorprende que alguien que sí acepta este tipo de razonamientos de tipo seguidista o personalista (consistente en juzgar unas ideas en función de una persona que las defiende o las deja de defender, en lugar de juzgar esas ideas en sí mismas) se permita acusar a nadie de rehuir el debate de fondo o de descalificarlo.
Alcotarelo, si bien hemos discutido este tema más veces, debido a la emoción que me produce ver una opinión similar a la mía, he recobrado fuerzas para seguir la discusión, je, je.
Hay una diferencia clave entre llevar un gorro y un velo islámico. El primero no forma parte de ningún código de conducta de origen religioso. Es por ello que prohibir el velo atenta contra la libertad religiosa del individuo amparada por la Constitución, mientras que prohibir un gorro no. No estamos ante el mismo dilema. De hecho, tú mismo te delatas al decir: “Esta prohibición no supone impedir a los alumnos llevar cualquier otro símbolo religioso”. Otro símbolo religioso no, pero éste sí. Aceptas que es un símbolo religioso y que un colegio prohíbe su uso. Es más, justificas que otros símbolos religiosos puedan llevarse en el colegio pero éste no. Es decir, que no todos los alumnos se encuentran en igualdad de oportunidades a la hora de practicar su derecho a la libertad religiosa.
Estás de acuerdo, por ejemplo, en que un alumno se pueda cubrir la cabeza por motivos médicos pero no por motivos religiosos, pero tanto el derecho a la salud como el derecho a la libertad religiosa forman parte del mismo cuerpo de derechos humanos en los que se ampara la Constitución.
Ciertamente, las normas en los centros docentes son necesarias, pero si en un colegio público, por norma, se impone, por ejemplo, rezar el Padrenuestro antes de entrar en clase, todos estaríamos de acuerdo en que dicha norma va en contra de la libertad religiosa del alumnado y, por tanto, el colegio no estaría legitimado a imponer dicha norma, ¿verdad? Es decir, los colegios públicos, como el resto de entes públicos de este Estado, deben someterse a los dictámenes de la Constitución.
Si tratamos el velo como lo que verdaderamente representa, éste forma parte de la práctica de una determinada religión, que no se vive sólo en la “clandestinidad”, sino también en los espacios públicos. El problema es que, hasta la fecha, en este país estábamos acostumbrados a que la única religión legítima y visible era el cristianismo y éste, mira tú por dónde, se puede ocultar con mayor facilidad. Ahí está la cosa: que a algunos les molesta “ver” la religión. En ese sentido, que cada cual sea todo lo religioso que quiera pero que yo no lo vea. Me parece una completa hipocresía. Si aceptamos la libertad religiosa, ésta se ha de aplicar a todas las religiones. El Corán es misógino, de acuerdo. ¿Y qué hacemos entonces? ¿Lo prohibimos?
Sobre el caso de Ahminatu, creo que lo que decía A contracorriente es que, dado su fuerte rechazo al velo islámico por considerarlo misógino, es llamativo que Rosa no comentara el asunto con la susodicha; si ve esta causa tan justa y necesaria, debería defenderla allí donde vaya. Está claro que ambas tenían asuntos más importantes que tratar, pero lo extraño es que algo que en ese lugar carecía de interés aquí sea un asunto de vida o muerte.
Sinceramente, creo que en este tema hay un trasfondo de injusticia social y de miedo al Islam (y a otras religiones) que atenta contra los derechos básicos de los ciudadanos. El miedo es el peor de los consejeros, y más en este clima actual de ataque a los extranjeros, tan característico de las épocas de crisis.
Una normativa o una prohibición que sea igual para todos (independientemente de su religión o sus creencias) no es contraria a la libertad religiosa, aunque alguna religión pueda entrar en conflicto con esa norma.
Lo que sí sería contrario a la libertad religiosa sería prohibir sólo el velo islámico por ser islámico, el capelo cardenalicio por ser católico o el kiphá judío por ser judio.
No existe una lista de religiones oficiales, reconocidas o con más derechos que las demás. La libertad religiosa es un derecho individual, y cualquier persona que aduzca motivos religiosos o de creencia debe recibir el mismo tratamiento independientemente de cuáles sean esas creencias.
El que una religión o una creencia personal entre en contradicción con una norma no significa que deba prevalecer sobre esa norma.
La libertad religiosa es un derecho individual. Todas las personas tienen el mismo derecho a la libertad religiosa independientemente de cuál sea su religión, o del número de creyentes de ésta.
Si un alumno declara que su religión le obliga a llevar un gorro de rapero, una boina o un pasamontañas en clase debe de recibir exáctamente el mismo tratamiento que cualquier alumna musulmana que pretenda llevar un hijab, un djilbab, un nikab, un chador,un hayek, un sari, un melfa o un burka. Y la libertad de creencia supone que no sería exigible a ese supuesto alumno ningún tipo de explicación o jutificación sobre su religión, aunque nos parezca poco creíble o simplemente no nos lo creamos.
En el supuesto de quei la libertad religiosa debiera prevalecer sobre las normas escolares, entonces por pura lógica también debería de hacerlo en otros ámbitos en los cuales también existen normas de vestimenta. Desde el ejército o la policía, un medico o un enfermero, hasta una azafata o azafato o un camarero. En definitiva, según tu teoría ninguna norma de vestimenta en ningún ámbito sería legal, y no sólo en los colegios.
Siendo coherentes, esa interpretación de la libertad religiosa no sólo deberíamos aplicarla a las normas de vestimenta. Un musulmán que se negase a trabajar los viernes no podría ser despedido, ni un judio que se negara a trabajar los viernes. Planteemos nuevamente un caso extremo: un ciudadanos que se negase a trabajar cualquier día de la semana podría ser despedido si aduce que lo hace porque su religión se lo manda.
El error es que partes de una mala y abusiva interpretación de la libertad religiosa.
En primer lugar, y lo más importante, es el hecho de hablar de la escuela pública. No me he referido, por ejemplo, a la privada, en la cual, si se impone un uniforme, por ejemplo, debe ser acatado por el hecho de que nadie te obliga a escolarizarte en dicho centro, el cual no es sostenido con fondos públicos. Lo mismo ocurre con un puesto de trabajo: los hay que, por sus características, requieren indiscutiblemente llevar uniforme y esto debe ser respetado, nadie te obliga a trabajar en dicho puesto.
Por otra parte, es importante destacar que yo no he dicho nunca que una norma religiosa deba imponerse a cualquier otra norma establecida. Si una norma religiosa atenta contra los derechos básicos de otros ciudadanos, si no afecta sólo al individuo que cursa dicha religión, sino que su cumplimiento afecta a otros que no la cursan, entonces no puede seguirse. La libertad religiosa de uno acaba donde empieza la libertad del resto. Llevar un velo no atenta contra los derechos de otras personas y, al mismo tiempo, en una escuela pública, no deben imponerse normas que atenten innecesariamente contra la libertad individual de los alumnos.
¿Por qué hay que diferenciar entre un ente público, sea éste la escuela o no, de un ente privado? Porque un ente público nos representa a todos, con todas nuestras diferencias, mientras que un ente privado no.
En definitiva, que algunas alumnas lleven velo no supone un impedimento para lograr los fines educativos de la escuela pública sino, al contrario, permite el acceso de dichas alumnas al derecho básico de la educación. Si la escuela pública las rechaza, no tienen otro ente educativo adonde ir.
Cuando hablas de una norma “igual para todos”, olvidas que, en este caso, el llevar la cabeza descubierta en clase puede significar para algunos algo diferente que para otros, es decir, que no es una norma que afecta a todos por igual. El hecho de llevar la cabeza descubierta para unos no tiene importancia alguna y, para otros, o para otras, tiene mucha. El problema es que, en asuntos de creencias religiosas, hablamos de un ataque a la propia identidad. Y es un ataque, además, innecesario. No mejora en nada ningún aspecto educativo, lo mires por donde lo mires.
No estoy de acuerdo en imponer normas por encima de la libertad religiosa si atenta gratuitamente contra los derechos individuales del ciudadano. En cambio, si dicha norma es necesaria para respetar la libertad religiosa del conjunto de la población, sí debe situarse por encima de una creencia concreta.
Por supuesto, esta situación debe aplicarse a todo tipo de creencias. A mí no me asusta que un alumno se presente abanderando una nueva religión o ideología en clase, por absurda que sea. Lo que me asusta es que la escuela pueda enseñar contenidos religiosos determinados e imponerlos al conjunto del alumnado, así como que se vea con derecho de prohibirle el paso a alguien por llevar encima cierto atuendo religioso o por considerarlo persona non grata. Es en el marco de la escuela donde generamos convivencia y aprendemos a respetarnos los unos a los otros, más allá de nuestras diferencias.
En el caso de Najwa, vemos impasibles cómo una escuela que no tenía ninguna norma establecida sobre el atuendo de la cabeza del alumnado, cambia de hoy para mañana sus normas para impedir el acceso de la alumna al centro. Así de arbitrarias pueden ser las decisiones sobre una determinada norma en un centro educativo. Y, en este caso, el objetivo de dicha norma no tenía ningún carácter “tradicionalista” (porque siempre se ha hecho así, porque se considera “de buena educación”), sino que era claramente segregador. Pero no importa. No importa porque todos sabemos que el fondo de la cuestión es ése, que “no se quiere” a las mujeres con velo, se las rechaza. Las normas sobre el atuendo, en otro caso, no tendrían ninguna importancia, daría igual ponerlas que quitarlas. El problema sigue siendo el velo, por muchas vueltas que le des al tema.
Llevar velo dentro de un aula, en mi opinión sí es un impedimento para lograr los fines educativos de la escuela pública, porque entre estos fines deberían estar el respeto al profesor y a los compañeros, la dignidad y el derecho de la mujer a participar plenamente en la vida pública, y por supuesto también enseñar a aceptar y cumplir las normas.
Podemos intentar imaginar lo que representa para Najwa llevar al cabeza desdcubierta. Pero lo que no entiendo es cómo se puede determinar de esa manera lo que representa para todos y cada uno de los demás alumnos. No creo que se pueda juzgar así la situación personal de cada uno.
No considero que cubrirse la cabeza en el interior de un aula académica pueda ser un derecho fundamental de los ciudadanos. E insisto en que establecer determinadas normas (de vestimenta y de otro tipo) en un ámbito educativo y público no tiene que ver con la libertad religiosa, siempre y cuando esas normas no establezcan discriminaciones por motivos religiosos (lo cual no es el caso)
Prohibir cubrirse la cabeza dentro de un aula no es enseñar ni imponer contenidos religiosos, es establecer normas de convivencia y respeto.
Por otra parte, prohibir llevar la cabeza cubierta no es prohibirle el paso a nadie por llevar encima cierto atuendo religioso nii considerarlo persona non grata. En el caso de Najwa nadie le ha impedido acudir a clase si cumplía las normas, sino que ha sido ella quien ha decidido dejar de acudir a clase.
Si el cambio de normativa del Instituto San Juan de la Cruz de Pozuelo se ha realizado ad hoc para el caso de Najwa, efectivamente estoy de acuerdo en que estaríamos ante una gravísima discriminación inadmisible. Me parecería adecuado que se prohibiera que los centros cambien su normativa durante el curso escolar.
El hecho de que ese centro pueda haber actuado así, no significa que la prohibición de cubrirse la cabeza en clase sea discriminatoria. Es falso que las normas sobre el atuendo no tengan ninguna importancia [más que discriminar o rechzar a las mujeres con velo] ni que por tanto de igual ponerlas que quitarlas. Pues estas normas no afectan sólo a las niñas, chicas o mujeres con velo, sino también a todos aquellos que querrían llevar cualquier otra prenda en la cabeza y que deberían de tener los mismos derechos, obligaciones y prohibiciones.
Alcotarelo, creo que, llegados a este punto de la discusión, ya no vamos a avanzar.
En primer lugar, porque tú consideras que cubrirse o no la cabeza no tiene nada que ver con la religión. Y, por tanto, la norma en sí no vulnera ninguna libertad religiosa. Yo, en cambio, y, supongo, el conjunto de musulmanes que defienden el uso del velo, no lo consideramos así. Si no, dicho código de conducta no formaría parte del Islam.
Has dicho: “Podemos intentar imaginar lo que representa para Najwa llevar al cabeza descubierta. Pero lo que no entiendo es cómo se puede determinar de esa manera lo que representa para todos y cada uno de los demás alumnos”.
Verás, cuando se establece una norma, hay que tener en cuenta al conjunto de los que se someten a ella y cuidar muy mucho que no haya nadie que se vea especialmente perjudicado respecto al resto, porque podríamos hablar de discriminación. Una norma justa es aquella que tiene en cuenta al conjunto de sus miembros y no sólo a la mayoría, sobretodo en asuntos tan delicados como los derechos humanos. Por ejemplo, en España hay una mayoría de creencia católica. Pero no por ello vamos a convertir el Estado en una teocracia de corte católico. Hay que respetar también a las minorías que tienen otras creencias o que no tienen ninguna. ¿Cómo se hace esto? Creando normas lo suficientemente amplias como para que quepamos todos. Y no es tan difícil, sólo hay que tener buena voluntad. No creo que la solución sea “eliminar los símbolos religiosos” para que todos seamos iguales, sino poder acceder a los mismos servicios públicos “a pesar de dichos símbolos” en igualdad de oportunidades. Del mismo modo que igualar los derechos de la mujer al hombre no debería suponer que la mujer renuncie a su feminidad, los creyentes de diferente tipo deben poder vivir de acuerdo a sus creencias mientras no invadan la libertad del resto.
Una norma que no contempla las necesidades de todos sus alumnos, sino que se impone sin tenerlos en cuenta, de forma arbitraria, sólo porque es “tradición” o porque quiere “uniformizar”, hacerlos a todos “iguales”, no es justa, en absoluto, es más bien simplista, reduccionista y antipedagógica.
En la escuela pública más que en ningún otro sitio, imponer un código de vestimenta ha de tener algún sentido claramente fijado, racional. No creo que sea éste el caso. De hecho, no entiendo qué tienen de educativos los uniformes en los colegios. Sigo sin entenderlo y sin que nadie me haya podido dar una explicación convincente. Pero no me meto con lo que hagan los centros privados, sólo hablo de los centros públicos, pues éstos deberían ser ejemplo de respeto a la diversidad y a la convivencia.
Toda norma que establece una obligación supone obligar a alguien a hacer, a no hacer, o a asumir algo en contra de su voluntad. Ya sea pagar impuestos, conducir por la derecha, sacarse el DNI o el NIE, o en este caso ir a clase con la cabeza descubierta. Es conceptualmente imposible que una norma que no obligue a nadie a nada.
Obligar a llevar la cabeza descubierta en clase no tiene nada que ver ni supone prohibir llevar símbolos religiosos ni con convertir el país en una teocracia de corte católico (¿?).
Insisto en que no se puede establecer de una manera tan simplista y reduccionista lo que significa aceptar una norma para todas y cada una de las personas. Y creo menos aceptable aún establecer rangos o prioridades entre grupos, porque realmente lo que supone es establecer privilegios.
Las musulmanas son libres, como cualquier otra persona, de llevar velo o lo que quieran en su vida personal y en el ámbito privado. Pero es totalmente legítimo que nuestra sociedad las obligue a asumir ciertas normas de convivencia en los espacios públicos, como al resto de los ciudadanos. La prohibición de llevar la cabeza descubierta en las aulas por respeto al profesor, a los compañeros y al sistema educativo en mi opinión es una de ellas.
Efectivamente, hace tiempo que veo que esta discusión está ya agotada en el sentido de que no se aporta nada nuevo.