Derechos de quita y pon
El proyecto de ley para regular el aborto que ha presentado el gobierno de Zapatero en el Congreso de los Diputados se titula, con escaso amor a la concisión, Proyecto de Ley Orgánica de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo. Popularmente, es la Ley del Aborto. Sin duda dará que hablar, pero mucho me temo que más por sus aspectos más superficiales y chocantes que por algunas cuestiones de fondo dignas de atención. Y no porque algunos aspectos chocantes no tengan fondo, que lo tienen. Por ejemplo, que el proyecto contemple que las menores de dieciséis años puedan abortar –en los supuestos que despenaliza la ley, por supuesto- no sólo sin la autorización de sus padres o tutores legales, sino sin su conocimiento: la menor no tendrá ni que informarles si considera que hacerlo provocará un conflicto. Es decir, que la misma chica a la que se le prohíbe beber una cerveza en un bar, firmar un contrato de trabajo, casarse, votar o abrir una cuenta corriente sin autorización paterna podrá, en cambio, abortar. No es ninguna broma, y merece una reflexión de fondo sobre la mentalidad de quienes proponen algo así como un gran avance en la protección de los derechos de las menores. Y no se trata sólo de que la medida ponga en cuestión el concepto legal de mayoría de edad, sino de algo más complejo que puede resumirse así: más que eliminar en este caso concreto la patria potestad, es el Estado quien la hace suya, sustituyendo a los padres en esta dura obligación. El famoso y siniestro Ogro filantrópico: te maltrata, pero por tu bien.
El argumento a favor de esta decisión arguye que sólo se trata de proteger a esa minoría de chicas embarazadas que tienen la desgracia de tener padres poco comprensivos o contrarios por principio al aborto (lo decía ayer mismo en El País Elena Valenciano). Pero si se admite que son casos minoritarios (también habrá quien quiera hacer abortar a la nena por su bien y contra su voluntad, ¿no?), ¿por qué el Estado pretende sustituir a los padres al ponerles, por ley, fuera de las decisiones de sus hijas menores en materia de embarazos? La cosa es tanto más sorprendente cuando el actual Código Civil (art. 156) ya prevé mecanismos legales para proteger a las menores de posibles abusos paternos en caso de conflictos de intereses. Vamos, que los jueces tutelarían en cualquier caso los derechos de una chica de dieciséis años –o desde que la niña es fértil, tenga doce o trece años- que se viera obligada a tener un hijo no deseado por imposición paterna. Y hasta ahora no ha habido muchas quejas a este respecto.
Para entender este extraño “movimiento del espíritu” en el que el Estado suspende la tutela paterna –pero no sus obligaciones- por el amor del BOE –que no asume la obligación de mantener y tutelar a la pequeña- conviene fijarse en esta expresión del proyecto de ley: se trata de instaurar el “derecho a la maternidad libremente decidida”.
¿Qué se entiende por tal cosa? Pues que cualquier mujer pueda decidir libremente si quiere ser madre o no. Pero decidir libremente “ser madre” no es lo mismo que despenalizar el aborto en ciertos casos (yo creo que lo más adecuado sería una ley de plazos clara, que respete la autonomía de la mujer y proteja al feto desde el momento en que pasa a ser viable). Tiene varias lecturas: por ejemplo, que el Estado debería resolver a cualquier mujer su deseo de ser madre, pero también puede entenderse como un subterfugio para dar rango leal a aquella vindicación feminista radical de “aborto libre y gratuito”, que partía de la falacia de que el feto era una parte del cuerpo de la mujer de la que ella podía disponer libremente (no exactamente como de un órgano básico tal que el hígado, pero vaya). Entonces, ¿es que el Gobierno ha asumido la retórica feminista más montaraz? ¿O es más bien lo contrario, que da por hecho que las mujeres necesitan su protección para nada menos que ser madres?
El caso es que es la naturaleza, y no la ley, la que hace que una mujer pueda –o no- ser madre; algo generalmente admitido salvo por quienes piensan que La vida de Brian es un magnífico programa de gobierno. Ningún gobierno ni parlamento en sus cabales puede reconocer, dar, garantizar u otorgar un derecho que no es tal, sino una propiedad natural de las mujeres. Es como si nos otorgaran el derecho a andar sobre dos pies o a hacer la digestión (aunque todo se andará). ¿Por qué reconocer un derecho que es un puro disparate conceptual? Aparte de por el acreditado oportunismo de este gobierno y por su afición a los brindis al sol, porque considera a las mujeres no ya personas cuyos derechos hay que proteger -como los de los hombres- con un tratamiento específico en asuntos como despenalizar en ciertos supuestos el aborto voluntario, sino seres frágiles, sin criterio, en el fondo infantiles, amenazadas por la brutalidad del otro sexo y necesitadas de una tutela especial, eternas menores de edad que sólo el Gobierno del Estado puede proteger, y siempre mucho mejor que sus padres.
Lo peligroso de esta mentalidad es que quien se cree dotado del don divino de dar derechos como el de ser madre también se creerá, por la misma lógica, dotado del don de retirarlos. Dadores, en fin, de derechos imaginarios de quita y pon. Un horror.















Es la “extensión de derechos” Carlos. Y el material es muy elástico. Como no se quiere o no se puede entrar en los asuntos importantes de gobierno, se marea la perdiz con un tema importante como es el aborto, frivlizándolo. Se frivoliza el aborto y se coloca a la mujer en una posición de eterna adolescente.
Y hacia Belén la caravana pasa…
No sé si era en una constitución mexicana, vigente o no, en donde se amparaba el derecho a “realizar el acto sexual”. Una previsión sin lugar a dudas debida a lo terribles “delitos de honor” que se sucedían, y suceden, en muchas partes de Mexico con motivo de las mujeres que deciden vivir libremente su sexualidad sin “consultar” con los miembros varones de su familia.
La previsión del gobierno de permitir a las niñas de 16 años abortar sin pedir permiso a sus padres guarda relación con las razones apuntadas de los mexicanos para amparar como derecho el fornicio. Y es que el aumento del número de abortos parece ser proporcional a la entrada de los colectivos inmigrantes: donde la falta de educación sexual y la “brutalidad” familiar son moneda común. Siendo así, el gobierno incluye esta previsión que pretere el consentimiento paterno. Pero ocurre que el apoyo al multiculturalismo del presente gobierno le hace imposible defender estas razones por cuanto podrían ser tachadas de “racistas”, “xenofobas” o “etnocentristas”. Curiosamente quienes resaltarían esto no serían solo los de extrema izquierda sino los señores del PP: que incluyen en su partido a la mayor parte de supremacistas y racistas del país…
Un artículo con sentido común.
No obstante, debe considerarse la interpretación que en relación al artículo 15 de la Constitución hizo el Tribunal Constitucional en su sentencia 53/1985, acerca de la anterior regulación:
“5. El art. 15 de la Constitución establece que «todos tienen derecho a la vida». La vida es un concepto indeterminado sobre el que se han dado respuestas plurívocas no sólo en razón de las distintas perspectivas (genética, médica, teológica, etc.), sino también en virtud de los diversos criterios mantenidos por los especialistas dentro de cada uno de los puntos de vista considerados, y en cuya evaluación y discusión no podemos ni tenemos que entrar aquí. Sin embargo, no es posible resolver constitucionalmente el presente recurso sin partir de una noción de la vida que sirva de base para
determinar el alcance del mencionado precepto. Desde el punto de vista de la cuestión planteada basta con precisar:
a) Que la vida humana es un devenir, un proceso que comienza con la gestación, en el curso de la cual una realidad biológica va tomando corpórea y sensitivamente configuración humana, y que termina en la muerte; es un continuo sometido por efectos del tiempo a cambios cualitativos de naturaleza somática y psíquica que tienen un reflejo en el status jurídico público y privado del sujeto vital.
b) Que la gestación ha generado un tertium existencialmente distinto de la madre, aunque alojado en el seno de ésta.
c) Que dentro de los cambios cualitativos en el desarrollo del proceso vital y partiendo del supuesto de que la vida es una realidad desde el inicio de la gestación, tiene particular relevancia el nacimiento, ya que significa el paso de la vida albergada en el seno materno a la vida albergada en la sociedad, bien que con distintas especificaciones y modalidades a lo largo del curso vital. Y previamente al nacimiento tiene especial trascendencia el momento a partir del cual el nasciturus es ya susceptible de vida independiente de la madre, esto es, de adquirir plena individualidad humana.
De las consideraciones anteriores se deduce que si la Constitución protege la vida con la relevancia a que antes se ha hecho mención, no puede desprotegerla en aquella etapa de su proceso que no sólo es condición para la vida independiente del claustro materno, sino que es también un momento del desarrollo de la vida misma; por lo que ha de concluirse que la vida del nasciturus, en cuanto éste encarna un valor fundamental -la vida humana- garantizado en el art. 15 de la Constitución, constituye un bien jurídico cuya protección encuentra en dicho precepto fundamento constitucional.”
Perdona, Carlos. Deberías aclarar un detalle de tu artículo. ¿Desde cuando es viable un feto? No soy ningún obispo, pero no parece esa determinación un criterio para decidir que el momento en que el feto merece protección. En principio, el sentido común indica que todos los fetos son viables. Hasta que, por causa divina, natural o humana, dejan de serlo.
Necesitamos una ley de plazos para cuando sea el aborto la única solución. Lo de la niña sóla abortar me parece algo dirigido a buscar futuros votos, más que algo real y humano.
Lo de la viabilidad del feto es uno de los puntos de vista, posiblemente el más aceptado porque antes de ese momento el feto no puede vivir sin la madre. Yo soy más “conservador” en ese sentido y coincido con fatuo: el feto deja de ser viable por decisión de la madre que quiere abortar, no por cualquier problema durante la gestación y, mucho menos, por decisión del propio feto.
Ahora bien, creo que no se puede obligar a todo el mundo a aceptar unos preceptos que no todos compartimos y que afectan a temas de índole moral más que científico.
También soy partidario de una ley de plazos clara, pero creo que hay que invertir mucho esfuerzo en desarrollar otras alternativas como la educación sexual (para que el aborto no se acabe convirtiendo en un método anticonceptivo más), las ayudas (psicológicas, económicas,…) a las madres que no quieren tener a ese hijo y facilitar el proceso de adopción posterior.
Lo de os 16 años me parece una payasada más de ZP para desviar la atención de otros puntos importantes de la ley.
Un horror, me parece a mí obligar a una chica de 16 años a tener un hijo no deseado. A que sus padres decidan sobre si ella, en función de los criterios morales paternos. A que tenga que estar nueve meses embarazada, parir, no dormir, renunciar a su vida, dejar sus estudios, ponerse a trabajar en empleos que no le van a poder permitir criar ni educar a esa criatura, entregarlo a sus padres o en adopción, traer al mundo a un niño que va a ser desgraciado junto a su madre, a la que no le ha dado tiempo a vivir. Con esta ley nadie le obliga a abortar, simplemente despenaliza y no exige justificaciones ante las decisiones de las mujeres
¿Cuántos niños sufren actualmente en el mundo? Por hambre, por malos tratos, por desafecto, por asesinatos, por explotación del tantalio, por falta de educación y de futuro, por un larguísimo etcétera. ¿Es la sociedad, el gobierno, las iglesias, los autodenominados pro-vida –los que curiosamente asesinan ginecólogos abortistas-, los que tienen que decidir? ¿Alguien se ofrece a cuidar, educar, dar afecto a esos niños nonatos? ¿O ustedes deciden sobre la vida de madres e hijos porque nada tienen que aportar más que su religión?
No es el Estado el que “ da el derecho a ser madre” , como viene a decir, sino que el derecho a ser madre es intrínseco a la mujer, sea esta adolescente o adulta, y lo que se pide es sólo que este derecho no se conculque.
Nadie le obliga a usted a abortar. Nadie está en contra de una educación preventiva. Pero frente al hecho de un embarazo, ya no sólo no deseado sino en unas condiciones nada favorables a esa vida, no sé como se puede ser tan hipócrita para opinar de aquello acerca de lo que tan ampliamente se lavan las manos.
Hay muchos millones de niños sufriendo en el mundo. A todos los que piensan como usted les recomiendo que empiecen a hacerse cargo de ellos antes de seguir hablando. También me pregunto si usted o los que piensan como usted tienen hijos. Y si les viene su hija de 16 años embarazada ¿que harían? Sobre todo si ustedes están en paro, tienen rentas bajas, sobreviven malamente y ni tan siquiera pueden ofrecer a esa hija una vida digna. Eso sí que es un horror. Pero, vamos a ponernos en el mejor de los casos, viven confortablemente y por tanto es imposible que su hija pueda estropear su carrera por un “pequeño desliz”.
En una sociedad permisiva, secularizada y con otros conceptos de relaciones sexuales no puede venirse ahora negando la libertad de elección de una joven cuando nos hemos dotado hace años de una ley que da mayoría de edad sanitaria a los 16 años. Educamos a nuestros hijos e hijas en la autonomía y en la liberalidad, y ahora pretendemos que nos pidan permiso para abortar cuando no nos lo han pedido, y lo sabemos, para tener relaciones con sus “chicos”.
Una sociedad que educa ciudadanos con derechos, no puede después sacar hipócritamente el decálogo de los pecados de la vetusta iglesia católica, por cierto cargada de escándalos en este terreno.
Por último, la referencia a las viejas reivindicaciones feministas de “aborto libre y gratuito” nos reafirma en la vieja idea de defender la libertad de la mujer. Considero que esta ley de plazos, además de reconocer el derecho de la mujer al control de su capacidad reproductora, da un paso adelante en el ejercicio de autonomía sobre su vida sin necesidad de justificar a nadie lo que debe hacer con su condición de persona. Antes de dilucidar si un embrión es un bebé o un proyecto de, aseguremos los derechos de los seres vivos que son las mujeres.
Los jóvenes tienen muy difícil el acceso al empleo o a la vivienda. Esto es un hecho indiscutible y a la vez, es un gran condicionante ante la decisión de tener un hijo (En 2006, el INE sitúa casi en un 50% los abortos entre 20 y 29 años)
¿Cuántas de estas chicas son presionadas por su entorno familiar; por las condiciones aludidas ?
¿Cuántos abortos podríamos situar como verdadera decisión personal y libre sin influencia alguna de la cuestión social?
¿Desde este ángulo, podemos hablar de cierto fracaso de la sociedad y responsabilidad común en cada decisión?
Creo que los poderes públicos, deben garantizar la auténtica y libre toma de decisión y facilitar tanto el aborto, incluyendo la ampliación de casos y plazos, como la decisión de continuar el embarazo, evitando trabas sociales a ambas decisiones.
Enhorabuena Carlos. Magistral. Creo que es de las mejores reflexiones que he leído sobre el aborto. Solo quisiera hacer dos puntualzaciones.
Estoy de acuerdo con fatuo en que la “viabilidad” no es un concepto sólido ni apropiado para establecer el límite del aborto. Efectivamente “el sentido común indica que todos los [embriones y ] fetos son viables, hasta que, por alguna causa, dejan de serlo” en cuyo caso se produce un aborto natural.
La segunda cuestión, va a raíz del comentario de Alekhine. La Constitución establece que «todos tienen derecho a la vida». El problema es la indefinición de ese “todos”.
Desde un punto de vista lógico “todos tienen derecho a la vida” significa textualmente que todos los que están vivos tienen derecho a estarlo. Y esto obviamente no incluiría sólo a los humanos, que no somos los únicos estamos vivos. Esto es obviamente inaplicable, pues significaría no poder matar animales, plantas, ni hongos ni bacterias… no podríamos comer ni usar la medicina.
Cualquier otra interpretación de ese “todos” es arbitraria. Las interpretaciones más sensatas (que no razonables) y admitidas por todos son restringir ese “todos”•a los seres humanos, o a las personas. Pero esto que puede parecer simple e intuitivo, requiere definir previamente qué es un ser humano o qué es una persona, plantea grandes el problemas, especialmente cuando descendemos a niveles de microbiología.
Biológicamente, un ser humano es todo ser vivo perteneciente a la especie Homo sapiens. Lo que parece claro e indiscutible es que desde el momento de la fecundación, los embriones son individuos diferentes de sus progenitores y pertenecen obviamente a nuestra especie. Por tanto, esta interpretación (diga lo que diga la ministra) cierra de lleno cualquier posibilidad a que el aborto provocado sea constitucional.
No obstante, lo que ya no está tan claro es si la vida que precede a la fecundación (óvulos y espermatozoides) son seres humanos independientes (individuos), o forman parte del cuerpo de los progenitores. Están vivos, pertenecen a nuestra especie, y son (como los embriones) genéticamente diferentes a los progenitores (en cierto sentido, más que los propios embriones, pues son células haploides). En cierta interpretación biológica, constituyen una generación de individuos haploides que se alterna con la generación diploide. Pero también es cierto que las células que dan lugar a los óvulos y embriones son también haploides, y sin embargo está aceptado que forman parte del organismo progenitor.
La opción de interpretar el “todos” como “todas las personas” tampoco es sencilla. ¿Qué es una persona?. Esto plantea a su vez dos interpretaciones ambas indemostrables. Una es considerar que el embrión es desde la fecundación una persona, y la otra es considerarlo persona en función de su desarrollo, y principalmente del desarrollo del sistema nervioso central. La primera de estas interpretaciones, cierra también tajantemente cualquier posibilidad a que el aborto provocado sea constitucional.
Pero aún cuando admitiéramos la segunda hipótesis (considerar al feto persona en función de su nivel de desarrollo), se plantean también muchas cuestiones. La embriogénesis es un proceso de desarrollo continuo, sin etapas separadas o diferenciadas. Por tanto, no parece que el establecimiento de plazos para abortar pueda con la seguridad necesaria ni de forma no arbitraria. Además, los procesos de diferenciación celular en tejidos y órganos tiene lugar muy rápidamente en los primeros días o semanas. Mucho antes de que la mayoría de las mujeres sepan que están embarazadas.
Por tanto, cualquier interpretación sobre si provocar el aborto es o no constitucional, se basa forzosamente en la interpretación arbitraria no solo de lo que significa ese “todos tienen derecho a al vida”, sino también de lo que es un ser humano o una persona.
En principio, ya que se trata de legislar algo imposible de determinar, parece lógico aplicar el principio de precaución. Es decir, si no hay seguridad de que matar a un embrión o un feto no sea un asesinato, parece lógico que no debería permitirse ni mucho menos fomentarse desde la administración.
Pero este principio de precaución también se puede aplicar en sentido contrario. Se puede condenar a alguien por abortar si no está demostrado el homicidio ni el asesinato.
Pese a lo claro que lo tiene casi todo el mundo, el tema es ciertamente complejo.
A priori , parece que el principio de precaución debería aplicarse en el sentido favorable al no nacido, al menos por la administración. Bajo este punto de vista, creo que parece adecuado que el gobierno no haga políticas públicas de fomento o apoyo del aborto, ni que proporcionar los medios para realizarlos. Así, los hospitales públicos, por prudencia, no deberían realizar abortos. Pero esto puede tener efectos muy contraproducentes, pues muchos de los abortos que no se realicen en la sanidad pública se realizarán con mucho menos control en la privada.
El principio de precaución también se puede aplicar al revés, al menos en ciertos casos. La presunción de inocencia supone que no puede condenarse a nadie si el delito no queda probado. En el caso de a los profesionales médicos independientes de la administración, la prudencia debería conducirles a no realizar estas intervenciones. Aunque si las realizan parece difícil acusarles de asesinato, al menos en los primeros momentos de la gestación. Tal vez podría legislarse, si acaso, como mala praxis.
Un tema difícil es la píldora del día después. Pese a todas las dudas que me genera, creo que si un aborto va a realizarse, es más deseable que se haga cuanto antes. Podría ser adecuado, por ejemplo, proporcionársela a las mujeres violadas de forma inmediata y gratuita.
En el escenario actual, en que se permite la dispensación de la píldora del día después, un asunto que no tiene que ver con la regulación del aborto, sino con la seguridad de los medicamentos, es si debe dispensarse con receta médica o no. En cualquier caso, esta cuestión debería competer a la autoridades médicas y farmacéuticas (la Agencia Española del Medicamento, y su homologa europea la EMEA), que hasta ahora siguiendo criterios técnicos habían establecido que se dispensara con receta. Y no a las feministas del Ministerio de Igualdad.
Lo que sí que parece adecuado en cualquier caso, es mejorar la educación sexual. Creo que debe informarse a los jóvenes para que el sexo sea sano higiénica y afectivamente. Pero también para que sea responsable, pues la función biológica del sexo es la reproducción, y los métodos anticonceptivos no son infalibles. La educación sexual en España es actualmente muy deficitaria. Tampoco me parece bien, la concepción consumista, frívola, libertina y bulímica que hacen del sexo los medios de comunicación. Concretamente presentando de forma morbosa encuestas en las que se da muchísima importancia a la edad a la con que se empiezan a mantener relaciones sexuales, y obviando otras cuestiones como las condiciones en que estas se mantienen, o sus implicaciones emocionales.
El aborto es un tema que a mí me genera muchas dudas. Y lo que más me sorprende es lo claro que tiene la mayoría de la gente su postura.
Para Petra:
Cada vez que se publica un encuesta diciendo morbosamente que los jóvenes empiezan a mantener relaciones sexuales a los 13 o a los 14 ¿qué efecto crees que produce en un adolescente inseguro de 14, 15, 16, 17 ó 18 años que no haya mantenido relaciones?.
Pues lo que se le está diciendo es que es un pringado. Se le está incitando a mantener relaciones sexuales como sea para “perder la virginidad”, a practicar el sexo de manera consumista y bulímica. En definitiva, el sexo cuanto antes y en mayor cantidad sea mejor. Da igual cómo.
La finalidad biológica del sexo es la reproducción. Los métodos antoconceptivos no son infalibles. La decisión libre de mantener relaciones sexuales implica asumir esa posibilidad.
Incitar a personas que por su edad no tienen madurez para entender el riesgo de un embarazo ni para hacerse cargo de un hijo es una irresponsabilidad. Es muy gracioso incitar a los niños a tener relaciones sexuales. Y luego claro, si las niñas se quedan embarazadas, ¡cómo se las va a obligar a tenerlo!.